| Funciones y Responsabilidades |
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El Organismo Integrador Nacional tendrá las siguientes facultades:
El Organismo Integrador Nacional podrá delegar sus funciones en los Organismos Integradores Estatales y Locales, los cuales tendrán la posibilidad de solicitar dicha delegación, en caso de negativa podrán optar por presentar su solicitud ante la SHCP. Corresponde al Organismo Integrador Estatal emitir los dictámenes para la constitución de los Fondos de Aseguramiento, esta facultad no es delegada por el Organismo Integrador Nacional, sino que corresponde al Estatal conforme a la Ley de Fondos de Aseguramiento Agropecuario y Rural (LFAAR). |
| Última actualización el Martes, 28 de Junio de 2011 14:05 |
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